En 2021, Gerardo Ruiz Herrera se convirtió en el primer periodista poblano en ser incluido en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. Este registro, administrado por el Instituto Nacional Electoral (INE) y replicado por el Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEE), se generó tras la reforma electoral de julio de 2020, que estableció sanciones específicas para actos de violencia política por razones de género.
Ruiz Herrera fue sancionado luego de que la entonces presidenta estatal del PAN, Genoveva Huerta Villegas, lo denunciara por agresiones verbales y misóginas. Entre las frases que sustentaron la resolución se encuentran comentarios que desacreditaban la capacidad profesional y personal de la dirigente, como:
“El puesto le quedó demasiado grande ante sus limitaciones naturales, su enanismo mental y su obsesión con el dinero ajeno.”
“Huerta Villegas, quien está más preocupada por mejorar su aspecto físico y convertirse en estrella de TikTok, hundió aún más a Acción Nacional.”
La denuncia fue presentada el 10 de agosto de 2020, y el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) resolvió el caso en 2021, sentando un precedente histórico en la sanción a comunicadores por violencia de género.
La resolución del TEEP incluyó las siguientes medidas:
* Inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política de Género por un periodo de 6 años y 8 meses.
* Asistencia obligatoria a talleres de sensibilización en género y masculinidad.
* Prohibición de emitir expresiones misóginas o violentas contra mujeres en el futuro.
Este fallo fue significativo, ya que fue la primera vez que se sancionó a un periodista bajo los lineamientos de la reforma electoral que castiga la violencia política de género.